Ayudas MOVES III - Cargadores de vehículo eléctrico

FINALIZACIÓN EL 31/07/2024

El objeto de este programa es la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, dentro del marco del Programa MOVES III, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte, así como la consiguiente reducción de la dependencia de los productos petrolíferos.

Podrán acogerse a estas ayudas las personas físicas y las comunidades de propietarios, en cuyo caso la ayuda será de:

  • Hasta el 80% de la inversión para localidades de menos de 5000 habitantes
  • Hasta el 70% para el resto de localidades.

También podrán acogerse las empresas, en cuyo caso la ayuda oscilará entre un 20 y un 50% en función del tamaño de la empresa y de la potencia del punto de recarga.


Fuente: moves.ivace.es/es/moves-iii-recarga


Comunidades de Energia (IVACE)


L'objectiu d'aquest programa es impulsar les actuacions d'instal·lacions d'energies renovables per a la generació i autoconsum col·lectiu, d'energia elèctrica en règim de comunitats d'energies renovables.

Fins al 28 de juny de 2024, mínim 5 CUPS i 5 kWp de potència, només per a:

Comunitat d'energia, els ajuntaments, asociacions veïnals, cooperatives elèctriques, cooperatives agraries, comunitats de regants, comunitats de bens, así com les comunitats de propietaries.


Font: https://www.ivace.es/index.php/val/ajudes/energia/ajudes-estalvi-i-eficiencia-energetica-energies-renovables-i-autoconsum-sol-licitud-oberta/56450-comunitats-d-energies-renovables-2024-instal-lacions-autoconsum-d-energia-electrica


Bonificaciones fiscals

Declaración de la renta (tramo autonómico)

Para poder acceder a esta ayuda, es requisito de la misma ser propietaria de la vivienda donde se realiza la instalación.

Es caso de ser primera vivienda, deducción del 40% del coste subvencionable (1.700€/kWp instalado) en la declaración de la renta.

En caso de segundas residencias, la deducción será del 20%.

A esta deducción se le aplicará el porcentaje de propiedad de la vivienda. En caso de no poder deducirse la totalidad de la deducción, esta podrá aplicarse en los siguientes 4 años.

A partir del 2023, las instalaciones no necesitan el certificado que anteriormente generaba el IVACE. Se tiene que presentar en la declaración de la renta, tú mismo o tu asesor. Es necesario que guardes la factura y justificantes de pago. En caso de que haya alguna modificación respecto a la presentación de documentos y si nos encargamos de la tramitación os lo haríamos saber.

 

Fuente:

https://www.ivace.es/index.php/val/ajudes/energia/deduccions-fiscals-en-irpf-per-a-l-autoconsum-i-energies-renovables/6817-deduccions-fiscals-en-l-irpf-per-a-l-autoconsum-i-energies-renovables


Bonificación municipal del IBI

El primer nivel de ayudas para promocionar y acelerar la implantación de energias renovables en los municipios las encontramos en las ordenanzas municipales de nuestros pueblos y ciudades. En función de cada municipio encontramos diversidad de % de deducción sobre el IBI. ES IMPORTANTE DESTACAR QUE NO TODOS LOS MUNICIPIOS TIENEN ESTA BONIFICACIÓN, ES NECESARIO QUE SE PREGUNTE EN VUESTRO AYUNTAMIENTO SI EXISTE O NO.

Estas ayudas tienen que ser tramitadas por la persona propietaria de la vivienda, por lo que, desde Xicoteta energia no podemos tramitar esta bonificación como representante, será el propio usuario de la instalación quien lo lleve a cabo. En cualquier caso, Xicoteta energia os ofrecemos toda la documentación necesaria para el trámite.

Ayuntamiento de Valencia

En cualquier momento anterior a la terminación del período de duración de la bonificación. La bonificación se aplicará a partir del año siguiente al de la finalización de la instalación, y su duración máxima, en función del valor catastral del inmueble vigente en el año de finalización de las obras, será la siguiente:

  • Hasta 75.000 € de valor catastral: 10 años
  • Desde 75.000,01 € hasta 110.000 €: 7 años
  • Desde 110.000,01 € hasta 130.000,00: 4 años
  • Desde 130.000,01 € hasta 150.000,00 €: 3 años
  • Desde 150.000,01 € hasta 180.000,00 €: 2 años
  • Desde 180.000,01 € hasta 250.000,00 €: 1 año
  • Desde 250.000,01: 0 años



Next Generation - Incentivos 4


FINALIZÓ EL 31/12/2023.

Ayudas directas de 600 €/kWp instalado. Tabla resumen:

·         Kit monofásica 2kW: 1200€

·         Kit monofásica 3kW: 1800€

·         Kit monofásica 4kW: 2400€

·         kit monofásica 5kW: 3000€

Además, si se instala acumulación (baterías), 490€/kWh. Los módulos Huawei son de 5, 10 y 15 kWh. Por tanto, la ayuda mínima será de 2.450€.

Estas ayudas directas constarán como ingreso en la declaración de la renta, por tanto, están sujetas a retenciones.


Fuente:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-10824

https://dogv.gva.es/datos/2021/10/25/pdf/2021_10462.pdf